ACLARACIONES A LA RESOLUCIÓN DE LAS UIP(Unidades de Intervención Policial) en “PODEMOS”
Comunicaros que la resolución que presentó el Districte de Sant Marti de Podemos, dé la Disolución de las UIP, no ha sido aprobada por los ciudadanos que votaron todas las resoluciones presentadas de las cuales solo se aceptaron cinco.
Las opiniones por las que se basaban algunos ciudadanos, genéricamente, argumentaban que los agentes de las UIP a nivel nacional y Arro y Brimo en Cataluña, de alguna manera no son culpables de la desproporcionalidad brutal de las cargas contra la ciudadanía. Esa argumentación, la basan en que los agentes antidisturbios solo reciben órdenes de sus mandos y estos a su vez de las autoridades políticas.
La obediencia debida (también llamada obediencia jerárquica, cumplimiento de mandatos antijurídicos o cumplimiento de órdenes antijurídicas), en Derecho penal, es una situación que exime de responsabilidad penal por delitos cometidos en el cumplimiento de una orden impartida por un superior jerárquico; el subordinado, autor material de los hechos, se beneficia de esta eximente, dejando subsistente la sanción penal de su superior. Obediencia absoluta:
En virtud de ésta, el subordinado está obligado a cumplir las órdenes lícitas e ilícitas, es decir antijurídicas que le ha impartido su superior jerárquico, lo cual ni se sostiene y además es jurídicamente anticonstitucional, porque no es capaz de explicar por qué se excluye el castigo del subordinado manteniendo la del superior que dio la orden, o sea, por qué se afirma que la misma acción está prohibida para uno y permitida justificada para el otro.
Esta opción priva a la víctima de emplear la legítima defensa en contra del acto del subordinado, puesto que ésta es aplicable sólo frente a conductas prohibidas, y porque provocaría la impunidad de los colaboradores (cómplices y encubridores), ya que no existe participación criminal en caso de actos justificados, de ahí se desprende la total impunidad con la que cuentan las unidades de antidisturbios.
La represión contra la ciudadanía, de vejaciones, brutalidad e impunidad de las UIP Arro y Brimo, tiene dos lecturas.
La primera. Tanto la autoridad política en el poder, como el mando que da las ordenes a los agentes de emplearse a fondo contra la ciudadanía que se manifiesta libre, cívica y pacíficamente, jamás reconocerán haber dado semejantes ordenes, con lo cual dejan con el culo al aire al agente antidisturbio.
La segunda lectura, es que el agente sabe perfectamente que al ejercer esa feroz represión, siempre prevalecerá su presunción de veracidad, es decir, la palabra del agente está por encima de cualquier ciudadano. Se pueden contar con una mano, las veces que los jueces han cogido a trámite la brutalidad de los antidisturbios, ni siquiera aportando como prueba fotos y videos, donde dejan muy claro la desproporcionalidad de esas cargas para disolver cualquier manifestación.
Es más. Los jueces sin querer generalizar, ni siquiera tienen en cuenta el incumplimiento de la ley, como lo es el Real Decreto 1484/ 1987 de 4 de Diembre donde el funcionario de policía debe de exhibir su número de placa visible en las prendas de uniformidad.
Dos. Asimismo algunos jueces, miran hacia otro lado, cuando los antidisturbios,incumplen los protocolos del uso de la defensa, la cual debe de usarse por debajo de la cintura, nunca de arriba abajo.
Algún jurista, Fiscal o Juez, puede decirme, porque el ejecutor de un acto delictivo que comete un policía en el ejercicio de sus funciones, como abuso de autoridad, causando lesiones muy graves, así como vejaciones de palabra contra un ciudadano, no se le puede imputar delito sentándolo en el banquillo, no solo se imputa falta o delito, si no que ni siquiera se coge a trámite la denuncia del ciudadano.
Y por último. Con un gobierno con mayoría absoluta y con los poderes legislativo y judicial cogido por los huevos por el ejecutivo, es imposible sentar en el banquillo, ni a agentes antidisturbios, ni a sus mandos y ni mucho menos a los responsables del Ministerio del Interior ni al mismísimo Presidente del Gobierno.
Moraleja, tenemos lo que nos merecemos. La ley es para los que pueden pagarse buenos abogados. Los políticos corruptos, ni dimiten ni hay ley para ellos,¿ como podemos pensar ni por un momento parar esa brutalidad e impunidad de los antidisturbios?, ¡¡¡ imposible mientras sigamos pensando, que ellos solo cumplen órdenes.!!!
Comunicaros que la resolución que presentó el Districte de Sant Marti de Podemos, dé la Disolución de las UIP, no ha sido aprobada por los ciudadanos que votaron todas las resoluciones presentadas de las cuales solo se aceptaron cinco.
Las opiniones por las que se basaban algunos ciudadanos, genéricamente, argumentaban que los agentes de las UIP a nivel nacional y Arro y Brimo en Cataluña, de alguna manera no son culpables de la desproporcionalidad brutal de las cargas contra la ciudadanía. Esa argumentación, la basan en que los agentes antidisturbios solo reciben órdenes de sus mandos y estos a su vez de las autoridades políticas.
La obediencia debida (también llamada obediencia jerárquica, cumplimiento de mandatos antijurídicos o cumplimiento de órdenes antijurídicas), en Derecho penal, es una situación que exime de responsabilidad penal por delitos cometidos en el cumplimiento de una orden impartida por un superior jerárquico; el subordinado, autor material de los hechos, se beneficia de esta eximente, dejando subsistente la sanción penal de su superior. Obediencia absoluta:
En virtud de ésta, el subordinado está obligado a cumplir las órdenes lícitas e ilícitas, es decir antijurídicas que le ha impartido su superior jerárquico, lo cual ni se sostiene y además es jurídicamente anticonstitucional, porque no es capaz de explicar por qué se excluye el castigo del subordinado manteniendo la del superior que dio la orden, o sea, por qué se afirma que la misma acción está prohibida para uno y permitida justificada para el otro.
Esta opción priva a la víctima de emplear la legítima defensa en contra del acto del subordinado, puesto que ésta es aplicable sólo frente a conductas prohibidas, y porque provocaría la impunidad de los colaboradores (cómplices y encubridores), ya que no existe participación criminal en caso de actos justificados, de ahí se desprende la total impunidad con la que cuentan las unidades de antidisturbios.
La represión contra la ciudadanía, de vejaciones, brutalidad e impunidad de las UIP Arro y Brimo, tiene dos lecturas.
La primera. Tanto la autoridad política en el poder, como el mando que da las ordenes a los agentes de emplearse a fondo contra la ciudadanía que se manifiesta libre, cívica y pacíficamente, jamás reconocerán haber dado semejantes ordenes, con lo cual dejan con el culo al aire al agente antidisturbio.
La segunda lectura, es que el agente sabe perfectamente que al ejercer esa feroz represión, siempre prevalecerá su presunción de veracidad, es decir, la palabra del agente está por encima de cualquier ciudadano. Se pueden contar con una mano, las veces que los jueces han cogido a trámite la brutalidad de los antidisturbios, ni siquiera aportando como prueba fotos y videos, donde dejan muy claro la desproporcionalidad de esas cargas para disolver cualquier manifestación.
Es más. Los jueces sin querer generalizar, ni siquiera tienen en cuenta el incumplimiento de la ley, como lo es el Real Decreto 1484/ 1987 de 4 de Diembre donde el funcionario de policía debe de exhibir su número de placa visible en las prendas de uniformidad.
Dos. Asimismo algunos jueces, miran hacia otro lado, cuando los antidisturbios,incumplen los protocolos del uso de la defensa, la cual debe de usarse por debajo de la cintura, nunca de arriba abajo.
Algún jurista, Fiscal o Juez, puede decirme, porque el ejecutor de un acto delictivo que comete un policía en el ejercicio de sus funciones, como abuso de autoridad, causando lesiones muy graves, así como vejaciones de palabra contra un ciudadano, no se le puede imputar delito sentándolo en el banquillo, no solo se imputa falta o delito, si no que ni siquiera se coge a trámite la denuncia del ciudadano.
Y por último. Con un gobierno con mayoría absoluta y con los poderes legislativo y judicial cogido por los huevos por el ejecutivo, es imposible sentar en el banquillo, ni a agentes antidisturbios, ni a sus mandos y ni mucho menos a los responsables del Ministerio del Interior ni al mismísimo Presidente del Gobierno.
Moraleja, tenemos lo que nos merecemos. La ley es para los que pueden pagarse buenos abogados. Los políticos corruptos, ni dimiten ni hay ley para ellos,¿ como podemos pensar ni por un momento parar esa brutalidad e impunidad de los antidisturbios?, ¡¡¡ imposible mientras sigamos pensando, que ellos solo cumplen órdenes.!!!
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